Ciudad de México, 22 de mayo 19.- La reforma laboral que impulsó el presidente Andrés Manuel López Obrador y defendió en el Congreso Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), es laxa para garantizar los derechos de las trabajadoras.
Apresurados por tener una reforma que permitiera mantener a México en el Tratado de Libre Comercio, en mayo pasado el Congreso de la Unión avaló modificaciones a la Ley Federal del Trabajo; la ley del Seguro Social; y a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Sin embargo, conservaron el outsourcing —un modelo de contratación informal— usando como moneda de cambio la inscripción obligatoria de las trabajadoras del hogar a la seguridad social: privilegiaron la conciliación para casos de violencia contra las mujeres; evadieron responsabilizar por escrito al patrón de ese flagelo; y no incluyeron fondo de vivienda ni otros derechos para las que se emplean en el sector de limpia.
Estos temas quedaron fuera a pesar de que se discutieron durante la redacción y valoración del dictamen, y aún cuando por años se han planteado en esos recintos legislativos.
Dos de las expertas que participaron en estas discusiones legislativas —la integrante de la Red de Mujeres Sindicalistas, Rosario Ortiz Magallón, y la economista Carmen Ponce Meléndez, del Observatorio Laboral— declararon en entrevista que el principal avance para las mujeres fue en materia sindical.
En concreto, en los artículos 358 y 371 de la Ley Federal del Trabajo se estableció que la directiva de los sindicatos debe conforme proporcionalmente en razón de género para que las sindicalistas estén representadas en los órganos de decisión.
Aunque esto permite mayor participación de las mujeres en la representación obrera, el 58 por ciento de las trabajadoras del país trabajan en condiciones informales, es decir, más de la mitad no tienen derechos laborales y, por lo tanto, no tiene sindicato.
“Esta reforma sindical -que -según la economista viene con 30 años de retraso- no es para ellas (…) Están excluidas de la reforma laboral, eso implica que van a seguir los salarios miserables. Y además las trabajadoras (seguirán) sin derechos laborales”, dijo la economista Carmen Ponce.
El outsourcing o tercerización es una práctica que usan empresas como AT&T, Banco Azteca, Bancomer, Elektra, y dependencias de gobierno, para subcontratar un servicio diferente a su razón social.
Sin embargo, estas empresas contratan a todas bajo esta modalidad, lo que les permite evadir el reconocimiento de derechos, principalmente en el sector de limpia y maquila que es donde se emplean más mujeres.
Un ejemplo. En 2015, hubo un caso de 59 trabajadoras de intendencia de los planteles del Instituto de Educación Medio Superior (IEMS), quienes fueron despedidas de un día al otro sin ninguna garantía laboral. Exigieron sus derechos ante Junta de Conciliación y Arbitraje, pero al estar contratadas por outsourcing, tanto la empresa subcontratista como la institución educativa se negaron a reconocerlos.
En México está práctica era ilegal hasta 2012, cuando el Legislativo decidió reglamentarla en la Ley Federal del Trabajo. Por sus efectos para las trabajadoras, se esperaba que este 2019 se eliminara, pero nada de esto sucedió. Al respecto Carmen Ponce afirmó:
“Yo he manifestado mi desacuerdo, formo parte del Observatorio Laboral (que estuvo en más negociaciones) y sí les reclamé en su cara, tres veces, y les dije que no estaba de acuerdo y también les dije que eso implica que van a seguir los salarios miserables y las condiciones laborales miserables”.
Lejos de eliminar el outsourcing, la secretaria del Trabajo, Luisa Alcalde, propuso una unidad revisora para inspeccionar los centros de trabajo donde se usa este modelo.
“Va a necesitar un ejército de inspectores para revisar el outsourcing porque está en todas las actividades económicas y además (se requiere) que esos inspectores pasen una especie de prueba de honestidad (… ) Eso no funciona”, dijo Ponce.
La economista también analizó que el reciente reconocimiento del derecho de las trabajadoras del hogar a la seguridad social obligatoria fue en realidad una moneda de cambio para restar presión social a la exigencia de eliminar el outsourcing.
Según datos de la economista, en 2018 la tercerización tuvo una tasa de crecimiento del 5 por ciento, mientras que el sector del trabajo del hogar tuvo una caída del 3.3 por ciento, y en total, el crecimiento del comercio informal fue del 2.5; es decir, lo que más ha crecido en los últimos años es la informalidad, producto de los contratos de honorarios y la terciarización.
“Yo no estoy menospreciando o subestimando ese logro que además también es resultado de un trabajo de años de Marcelina Bautista y de sus sindicato y de muchas trabajadoras domésticas, pero ya pensar que con eso se resolvió la informalidad laboral (…) es en lo que no estoy de acuerdo. Claro que es una moneda de cambio”, dijo la especialista.
Según su análisis, la razón por la que hay resistencia para que se elimine este modelo de contratación es que es un mecanismo para evadir costos, pero a costa de las trabajadoras, de sus bajos salarios, de su jubilación, su servicio médico, préstamos personales, préstamos hipotecarios, protección contra accidentes, guarderías, etc..
Una modificación importante con estas reformas en materia laboral es que van a desaparecer las Juntas de Conciliación y Arbitraje y en su lugar se van a crean los Centros Federal, y locales, de Conciliación y Registro Laboral.
Entre los avances están que el artículo 590 de la Ley Federal del Trabajo dice que estos Centros están obligados a establecer planes de capacitación y desarrollo profesional incorporando la perspectiva de género y el enfoque de derechos humanos. Asimismo, el artículo 684 de la norma dirá que para ser conciliador se deben tener conocimiento sobre derechos humanos y perspectiva de género.
En opinión de la sindicalista Rosario Ortiz, éste es un ejemplo de cambios laxos en la Ley, ya que este modelo pretende garantizar justicia, lo que es positivo, pero conserva la conciliación como mecanismos principal para dirimir conflictos en casos de violencia contra las mujeres.
Esto quiere decir que las trabajadoras víctimas de violencia sexual, discriminación o explotación laboral tendrán que conciliar con sus agresores, aún cuando ello contradice lo que establece la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
El artículo 685 de la ley laboral precisa que en los casos de las trabajadoras víctimas de discriminación por embarazo y víctimas de trata laboral, no es obligatoria la conciliación. De cualquier forma ambos casos son constitutivos de otros delitos penales por lo que no se podrían conciliar.
Otro paso fue que, de acuerdo con el artículo 684, si en un conflicto laboral hay indicios de acoso sexual, discriminación u otros actos de violencia en los que exista el riesgo inminente de revictimización, la autoridad tomará medidas para que en ningún momento se reúna o encare a las personas involucradas.
También, en el artículo 857 de la ley laboral, se establece como medida precautoria que en caso de despido, el patrón se abstendría de dar de baja a la trabajadora embarazada de la institución de seguridad social a la que la tenga afiliada.
En México, la discriminación por embarazo se castiga desde 2014 con penas económicas y hasta cárcel, pero eso no ha evitado que ésta sea la principal causa de discriminación en el país.
Un punto de avance respecto a una vida libre de violencia es que el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo ahora dice que los patrones deben implementar, de acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso sexual.
La sindicalista Ortiz Magallón destacó que el Legislativo rechazó la propuesta de incluir en la Ley Federal del Trabajo el hostigamiento sexual como un riesgo de trabajo, a pesar de que el objetivo de esta redacción era reconocer que este problema no es individual sino un problema de la relación de trabajo que lacera la integridad física y mental de las trabajadoras.
Diabetes, hipertensión, infartos, cáncer y hasta suicidio, son daños frecuentes contra la salud que generan el acoso sexual y el hostigamiento en el mundo laboral, principalmente entre las mujeres, de acuerdo con una investigación de Margarita Pulido Navarro, experta en medicina del trabajo.
Sin embargo, estas propuestas de reforma no pasaron por una resistencia y rechazo explícito por parte de la patronal que participó en las negociaciones de las reformas.
Otra propuesta desechada fue que el patrón es el responsable de crear un ambiente sano y libre de violencia laboral en el trabajo, pero en las idas y venidas entre las Cámaras se quitó este punto.
“Porque ¡cómo al patrón le íbamos a pedir eso! Sigue habiendo muchos prejuicios y estereotipos y no quieren que el patrón se inmiscuya de una manera mucho más responsable en el espacio laboral que genera él junto con las y los trabajadores.
“El ambiente para discutir todo esto fue muy fuerte porque sigue habiendo una resistencia muy grande de colocar este tema. Aunque logramos avances importantes en lo que se aprobó ahora, siguen siendo insuficientes porque la temática central de la justicia laboral no quedó”, reconoció la sindicalista.
De acuerdo con Ortiz, ellas acudieron a las discusiones con documentos y argumentos preparados porque no saben cuándo habrá una próxima reforma laboral de estas dimensiones aunque los representantes rechazaron varias propuestas sin argumento.
Además de usar los derechos de las trabajadoras del hogar como moneda de cambio, permanecieron igual los artículos en los que se establece que se les puede pagar una parte de su salario en especie y que deben descansar mínimo 9 horas al día (lo que permite que trabajen hasta 14 horas seguidas).
La nueva reforma cambió el nombre de trabajadores “domésticos” por el «Capítulo XIII Trabajadores del Hogar en la Ley Federal del Trabajo», donde se incluye la obligación de inscribir a la parte trabajadora al Instituto Mexicano del Seguro Social y pagar las cuotas correspondientes conforme a las normas aplicables en la materia.
La reforma amplió los artículos en materia de trabajo y responsabilidades familiares al agregar que las madres y trabajadores asegurados, cuyos hijos de hasta 16 años estén diagnosticados con cáncer de cualquier tipo, podrán solicitar una licencia de cuidados médicos de uno a 25 días durante tres años.
También se estableció que las mujeres disfrutan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones que los hombres, garantía que se establece en lo general y específicamente en función de la protección de las trabajadoras y trabajadores con responsabilidades familiares, asegurando la igualdad de trato y oportunidades.
Sin embargo, esto no se acerca a lo que establecen varios convenios de la Organización Internacional de Trabajo en materia de protección a la maternidad y responsabilidades familiares, que —por cierto— México no ha querido ratificar.
Por ejemplo. Acuerdo del Convenio 183, de la OIT: establecer la máxima protección a la maternidad sería extender de 12 a 14 semanas.
La reforma laboral de López Obrador fue en realidad fruto de una indicación de la presidenta de la Cámara de Representantes de Estados Unidos, la demócrata Nancy Pelosi, quien condicionó un Tratado de Libre Comercio de América del Norte, a cambio de que México aprobara una ley que protegiera los derechos laborales para evitar -a través de salarios bajos y un marco legal laxo- que represente mayor atracción para la inversión extranjera.
Ahora se aprobó una reforma sindical que deja de lado a las trabajadoras que no cuentan con contrato colectivo de trabajo, sindicatos, salarios justos, derechos como guarderías y seguridad social lo que además implica que son mujeres que no tendrán jubilación, servicio médico, préstamos personales, préstamos hipotecarios, protección contra accidentes, sólo por mencionar algunas cosas.
Ambas especialistas coincidieron en que además de la prisa de los legisladores por aprobar la reforma, en el cabildeo en el Senado y la Cámara de Diputados hubo resistencias y evasivas de los representantes patronales para reconocer plenamente estos derechos.